Almacenamiento químico y armarios según sección 7 de la FDS
Aprende a interpretar la sección 7 de la ficha de datos de seguridad para almacenar sustancias químicas en armarios certificados según el RD 656/2017 y el INSST.
El almacenamiento inadecuado de sustancias químicas es una de las causas más frecuentes de incidentes graves en laboratorios, talleres e industrias. Fugas, emanación de vapores tóxicos, incendios e incluso explosiones suelen originarse por la mezcla accidental de productos incompatibles o por mantenerlos en condiciones ambientales desfavorables.
Para gestionar este riesgo de forma sistemática y cumplir con la legislación española y europea, el documento de referencia indispensable es la Ficha de Datos de Seguridad (FDS). En concreto, la sección 7 de la FDS aporta las pautas técnicas necesarias para definir las condiciones de conservación y elegir el tipo de armario de seguridad adecuado.
Cómo interpretar la sección 7 de la FDS
El Reglamento REACH (CE nº 1907/2006), en su Anexo II modificado por el Reglamento (UE) 2020/878, establece que la sección 7 debe titularse «Manipulación y almacenamiento» y dividirse en tres subsecciones clave:
- 7.1. Precauciones para una manipulación segura: Describe medidas para evitar aerosoles, polvos, fuentes de ignición y directrices sobre higiene laboral básica.
- 7.2. Condiciones de almacenamiento seguro, incluidas posibles incompatibilidades: Es el núcleo técnico para la organización de almacenes y armarios. Aquí se especifican:
- Riesgos específicos derivados de la descomposición, polimerización o reactividad.
- Medidas para el control de atmósferas explosivas o corrosivas.
- Condiciones ambientales restrictivas (temperatura máxima o mínima, humedad, protección frente a la luz solar directa o fuentes de calor).
- Materiales recomendados o no aptos para envases y estanterías.
- Sustancias y mezclas incompatibles con las que el producto no debe entrar en contacto.
- 7.3. Usos específicos finales: Recomendaciones sectoriales concretas cuando la sustancia tiene aplicaciones particulares sujetas a protocolos específicos.
Es fundamental cruzar la información de la subsección 7.2 con la sección 2 (Identificación de los peligros) y la sección 10 (Estabilidad y reactividad) para identificar productos de descomposición peligrosos o reacciones exotérmicas.
Marco normativo en España: RD 656/2017 y normas UNE
En España, el almacenamiento de agentes químicos peligrosos está regulado por el Real Decreto 656/2017 (Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos - APQ) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC). Para recipientes móviles (bidones, garrafas, botellas de laboratorio), la norma de aplicación principal es la ITC MIE-APQ 10.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) complementa este marco mediante Notas Técnicas de Prevención (como la NTP 725 y la NTP 1076), que orientan sobre la segregación física y el uso de armarios protegidos.
Cuando los productos no se almacenan en una sala técnica exclusiva para químicos, el uso de armarios de seguridad certificados permite cumplir las distancias y exigencias de resistencia al fuego exigidas por la APQ:
- Líquidos inflamables: Deben almacenarse en armarios fabricados bajo la norma UNE-EN 14470-1, clasificados según su resistencia al fuego en minutos: Tipo 15, 30, 60 o 90. El RD 656/2017 exige habitualmente armarios Tipo 90 (RF 90 minutos) salvo excepciones técnicas justificadas.
- Botellas de gas a presión: Si se guardan en el interior de edificios, deben alojarse en armarios conformes a la norma UNE-EN 14470-2.
Tipos de armarios de seguridad y criterios de segregación
No existe un armario universal para todo tipo de reactivo. El almacenamiento conjunto sin separación física puede anular la eficacia protectora del contenedor:
- Armarios para inflamables: Construidos con doble pared metálica, aislamiento térmico ignífugo, juntas intumescentes que sellan las puertas en caso de incendio y conductos de ventilación con cortafuegos automáticos. Deben contar con toma de tierra para evitar descargas electrostáticas.
- Armarios para corrosivos: Los ácidos y las bases degradan el acero convencional. Se emplean armarios de polipropileno o melamina técnica resistente a ácidos, o armarios metálicos equipados con bandejas interiores de polietileno anticorrosión.
- Armarios combinados o compartimentados: Disponen de módulos estancos independientes bajo una misma estructura exterior. Permiten almacenar inflamables, ácidos y bases en compartimentos físicamente aislados y con ventilación independiente.
- Cubetos de retención: Todo armario debe disponer de una bandeja o cubeto estanco inferior para recoger posibles derrames accidentales. Según la ITC MIE-APQ 10, la capacidad del cubeto debe ser como mínimo del 100% del volumen del envase más grande almacenado, o el 10% del volumen total conjunto, adoptándose siempre el valor que resulte mayor.
La matriz de incompatibilidades químicas
El principio básico del almacenamiento seguro es que dos sustancias incompatibles nunca deben compartir el mismo cubeto de retención ni el mismo volumen de aire cerrado.
- Ácidos fuertes y bases fuertes: Reaccionan de forma violenta y exotérmica. Deben situarse en armarios o compartimentos separados.
- Inflamables y comburentes (oxidantes): Los peróxidos, nitratos o cloratos facilitan la ignición espontánea o aceleran la combustión de disolventes inflamables. Su convivencia está prohibida.
- Ácidos inorgánicos y reactivos generadores de gas tóxico: Mezclar ácido clorhídrico o sulfúrico con cianuros o sulfuros produce ácido cianhídrico o sulfhídrico, gases letales a muy bajas concentraciones.
- Sustancias reactivas con agua: Determinados compuestos organometálicos o metales alcalinos reaccionan violentamente con la humedad atmosférica; deben aislarse en armarios secos y señalizados.
Lista de control para el almacenamiento seguro
- [ ] Revisar FDS actualizada: Comprobar las subsecciones 7.2 y 10 de cada producto presente en las instalaciones.
- [ ] Clasificar por clases de peligro CLP: Evitar ordenar los productos por orden alfabético; clasificarlos por reactividad y compatibilidad.
- [ ] Certificación del armario: Verificar que el armario para inflamables cuenta con marcado CE y certificado UNE-EN 14470-1 (preferiblemente Tipo 90).
- [ ] Capacidad del cubeto: Asegurar que el fondo del armario cuenta con cubeto de retención limpio y con el volumen reglamentario.
- [ ] Ventilación adecuada: Si se desprenden vapores tóxicos o inflamables, conectar el armario a un sistema de extracción forzada al exterior que renueve el aire de forma continua.
- [ ] Señalización visible: Colocar pictogramas normalizados de advertencia en las puertas del armario (RD 485/1997).
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio conectar un armario de inflamables a un sistema de ventilación forzada?
El RD 656/2017 y las directrices del INSST indican que la ventilación mecánica al exterior es obligatoria si dentro del armario se realizan trasvases, si los recipientes no son completamente estancos o si los productos almacenados emiten vapores nocivos o inflamables en condiciones normales de reposo. Si el armario no está ventilado, debe considerarse la atmósfera interior como potencialmente explosiva (zona ATEX).
¿Se pueden guardar ácidos y bases en el mismo armario de seguridad?
Solo si el armario dispone de compartimentos físicamente separados, estancos entre sí y con sistemas de ventilación independientes. En un armario con un único espacio común, ácidos y bases deben almacenarse siempre en unidades diferentes para evitar reacciones exotérmicas en caso de fuga.
¿Qué resistencia al fuego debe tener un armario según el RD 656/2017?
Con carácter general, la ITC MIE-APQ 10 exige armarios con resistencia mínima al fuego de 90 minutos (Tipo 90 según UNE-EN 14470-1) para el almacenamiento de líquidos inflamables en áreas de trabajo, lo que garantiza tiempo suficiente para la evacuación y la intervención de los equipos de emergencia.
¿Dónde indica la FDS los materiales incompatibles para los envases?
Esta información se detalla en la subsección 7.2 («Condiciones de almacenamiento seguro») y se refuerza en la sección 10 («Materiales incompatibles»). Allí se especifica si el producto degrada ciertos plásticos (como PE o PP), ataca juntas de goma o corroe metales como el aluminio o el acero.